A partir del 1 de julio de 2026 entra en vigor el nuevo Reglamento del Consejo de Estado de China sobre Inversión en el Exterior. Para las empresas chinas que ya operan o piensan operar en América Latina, este es un punto de inflexión que conviene leer con calma.
Esta semana, tres clientes me trajeron el mismo documento. Uno con planta en Monterrey, otro con bodega en São Paulo, otro mirando hacia el sudeste asiático. La pregunta era idéntica: "¿llegamos tarde?". La respuesta corta es que no, pero el ritmo cambia.
Durante años, la inversión saliente china convivía con tres regímenes paralelos: el registro ante la NDRC, el registro ante MOFCOM y el control cambiario de la SAFE. Las interpretaciones locales variaban. Existían zonas grises. El nuevo reglamento, al elevarse a nivel del Consejo de Estado, cierra esas zonas.
Tres cambios que conviene tener presentes:
Primero, la debida diligencia previa a la inversión deja de ser una buena práctica y pasa a ser una obligación legal. Para empresas medianas que acostumbraban transferir fondos primero y arreglar el papeleo después, esto puede bloquear la repatriación futura de utilidades.
Segundo, los sectores sensibles —tierras raras, almacenamiento de energía, semiconductores, tierras agrícolas, medios— tendrán procesos de aprobación más predecibles pero menos negociables.
Tercero, el cumplimiento de datos y el cumplimiento de inversión deben trabajar juntos. Para un cliente de e-commerce que se expandió a Brasil el año pasado, lo difícil no fue la LGPD sino satisfacer simultáneamente las tres vías de transferencia transfronteriza de la PIPL china.
Si su proyecto está justo en la frontera de junio y julio, recomiendo reservar entre 60 y 90 días de ventana de cumplimiento.
Para casos concretos, puede escribirme directamente o agendar consulta en wzklaw.com. WhatsApp: wa.me/8613724030033.
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Mike Wu, Abogado (China) · Práctica transfronteriza
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